El Senado comenzará a tratar hoy el proyecto de ley de lavado de activos

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Sesión Informativa del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, Agustín Rossi, en el recinto del Senado de la Nación, el 11 de Mayo de 2023

La Cámara de Senadores comenzará a debatir hoy por la tarde, el proyecto de ley que modifica el Código Penal respecto de la prevención y represión del lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de armas de destrucción masiva.

El debate se llevará a cabo a partir de las 17:30 en el Salón Arturo Illia del Palacio Legislativo y contará con la presencia de funcionarios del Ministerio de Economía, de la Unidad de Información Financiera (UIF) y de la Comisión Nacional de Valores (CNV).

A dicho encuentro fueron invitados a participar el titular de la Secretaría Legal y Administrativa del Palacio de Hacienda, Ricardo Casal; el titular de la UIF, Juan Carlos Otero; y el director de la CNV, Martín Breinlinger.

El proyecto sobre prevención y persecución de lavado de activos fue impulsado por el Poder Ejecutivo y aprobado el 19 de abril por la Cámara de Diputados. La iniciativa plantea tres ejes centrales apuntados a las modificaciones del Código Penal, la reforma de la Ley de Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo (Ley 25.246) y la creación de un registro de activos virtuales.

El tratamiento se da antes de que el próximo año comience una nueva revisión técnica del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), y la Argentina deba actualizar su legislación a las nuevas normas dictadas por la entidad.

La iniciativa convierte a la Unidad de Información Financiera (UIF) en un organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Economía, con personería jurídica propia, que funcionará con autonomía y autarquía funcional, administrativa, económica y financiera.

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Otro punto importante a destacar es que de esta forma se ampliarían la cantidad de operaciones que se deben informar a la UIF y, en ese sentido, se dispondrá la incorporación de los proveedores de servicios de activos virtuales, a las personas humanas o jurídicas que realizan en nombre de un tercero, custodia y administración de efectivo o valores líquidos, abogados y proveedores de servicios societarios y fiduciarios.

Con dicha modificación se creará el Registro de Proveedores de Servicios Virtuales que estará a cargo de la Comisión Nacional de Valores que debe detectar eventuales operaciones sospechosas por medio de activos virtuales como es el caso por ejemplo de las criptomonedas.

La Comisión Nacional de Valores será el organismo a cargo de detectar eventuales operaciones sospechosas por medio de activos virtuales
La Comisión Nacional de Valores será el organismo a cargo de detectar eventuales operaciones sospechosas por medio de activos virtuales (DADO RUVIC/)

En tanto a la aprobación por Diputados, establecieron que la Unidad de Información Financiera podrá solicitar informes, documentos, antecedentes y cualquier otro elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones, a todo organismo público, nacional, provincial o municipal, y a personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, los cuales estarán obligados a proporcionarlos dentro del término que se les fije, bajo apercibimiento de ley.

Quienes tendrán la obligación excluyente de rendir reporte de operaciones sospechosas, según el debate en trascurso, han sido los abogados. Aunque se contempla que no lo deban hacer cuando estén realizando tareas de asesoramiento, litigios judiciales, administrativos, de arbitraje o mediación.

Asimismo cualquier sujeto al que se le exija el reporte de operación sospechosa, de una declaración voluntaria o del intercambio de información con organismos análogos extranjeros, no podrán oponer a la Unidad de Información Financiera (UIF) el secreto bancario, fiscal, bursátil o profesional, ni los compromisos legales o contractuales de confidencialidad.

En este marco y para concluir, fuentes judiciales agregaron que se ha establecido que la pena por lavado de dinero, contemplada en el Código Penal, ha tenido un aumento de $300.000 a $8,6 millones y “en el futuro se establecerá como unidad de medida de actualización el Salario Mínimo Vital y Móvil”.

Con informacion de Telám

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