En Rivadavia convocaron a sesiones extraordinarias por la fecha de las elecciones

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El Concejo Deliberante de Rivadavia convocó a sesiones extraordinarias para el próximo 1 de febrero. El objetivo del llamado es que los ediles ratifiquen mediante una ordenanza la adhesión al decreto provincial por el cual se convocó a elecciones para el 14 de mayo. No es el único municipio que debe cumplir con esto, ya que todos los de primera categoría deben cumplirlo.

El presidente del legislativo rivadaviense, Juan Cruz Córdoba, afirmó que “los municipios de primera categoría que tienen Carta Orgánica deben adherir mediante una ordenanza a la fecha de las elecciones. Por eso es que convocamos la sesión extraordinaria para el 1 de febrero para plegarnos al calendario electoral que dispuso el Ejecutivo provincial”.

Si bien el intendente Fabián Martín firmó el decreto de adhesión que se publicó en el Boletín Oficial, la Carta Orgánica del departamento requiere que sea ratificado mediante una ordenanza que deben votar los ediles por mayoría.

Este no es un dato menor, ya que legalmente pueden tomar la decisión de llamar a elecciones en fechas distintas a las provinciales o nacionales. Incluso en la mesa chica del intendente Fabián Martín se evaluó sumarse al calendario electoral nacional con la implementación de las PASO para los cargos departamentales, pero finalmente desistieron.

Que pasará en los otros departamentos del Gran San Juan
En la misma línea lo deben hacer los otros distritos municipales y entre ellos se encuentra Rawson. En este caso, el presidente del Deliberante, Juan Carlos Salvadó, afirmó que “debemos ratificar con una ordenanza el decreto del intendente de adhesión a las elecciones provinciales para el 14 de mayo”.

Salvadó aclaró que “en Rawson no llamaremos a sesiones extraordinarias, ya que el periodo ordinario nuestro inicia el 1 de febrero y nos da tiempo para completar este trámite legislativo.

Al igual que Rivadavia, Santa Lucía convocará a sesiones extraordinarias para que los ediles ratifiquen la adhesión por intermedio de una ordenanza. Lo que si no no se decidió aún cuándo llevarán adelante la convocatoria legislativa.

El caso de Capital y Chimbas se diferencian con el resto. Es que en estos distritos municipales no requieren que los Deliberantes ratifiquen la convocatoria a las elecciones, que en este caso se convierten en adhesiones, por parte de los intendentes.

Así es que, en la comuna capitalina, Emilio Baistrocchi afirmó que “la Carta Orgánica define que es facultad del Ejecutivo la convocatoria a elecciones, al igual que en la provincia, y por eso con el decreto publicado a fin del año pasado es suficiente”.

En la misma sintonía declaró Fabián Gramajo, intendente chimbero, quién expresó que “la Carta Orgánica respalda que las atribuciones del Ejecutivo municipal tienen la facultad de convocar los comicios”.

Dato
Los municipios tienen tiempo de realizar la convocatoria a elecciones, por lo menos con 90 días de anticipación al acto electoral y establecer, por ejemplo, fecha de las elecciones y clase y número de los cargos a elegir.

(Fuente: Diario Huarpe)