Monopatines eléctricos: proponen definir espacios seguros para circulación en Gran San Juan

934

En el Gran San Juan ya es cada vez más frecuente cruzarse con usuarios de monopatines eléctricos, movilidades prácticas y económicas que son preferidas por los jóvenes sobre todo. Aunque no requieren carnet para conducir, los conductores sí están alcanzados por el Código de Faltas en San Juan. Enfocados en dotar de mayor seguridad, se favorece la adhesión a una normativa nacional que propone definir espacios seguros de circulación.

En ese sentido, desde EMICAR señalaron que existe una normativa específica a la que San Juan podría adherir. la Agencia Nacional de Seguridad Vial, organismo que depende del Ministerio de Transporte de la Nación, dictó en 2020 una disposición que establece que los monopatines y patinetas eléctricas solo pueden circular por calles y avenidas de las ciudades a una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora y la utilización del casco es obligatoria. 

NOTICIAS RELACIONADAS

También se estableció que está prohibido el uso para menores de 16 años y que solo podrá circular una persona sin acompañante. Asimismo, se establece que todas aquellas jurisdicciones que se encuentren adheridas a las leyes nacionales 24.449, 26.363 y normas reglamentarias, tendrán sanciones y faltas establecidas en caso de no cumplir.

«Lo más favorable es que las zonas urbanas definan calles y zonas específicas por las que puedan circular los monopatines. Son vehículos en los que el conductor es vulnerable, en caso de caída o de choque, y que circulan a una determinada velocidad que condiciona sus maniobras. De manera que hay que contemplar todo lo relativo a su seguridad. Tienen que usar cascos y chaleco refractario como los ciclistas y motociclistas y deben tener especial cuidado en no circular acompañados ni escuchando música. Esto último es bastante frecuente de ver», explicó aErnesto González Iaisa, gerente de EMICAR.

Marcó que se favorecerá en la provincia el diálogo en ese sentido ya que «la ANSV está trabajando en ello y seguramente San Juan va a adherir. No pueden circular en todas las arterias ya que están muy expuestos. Estamos trabajando en una cultura de seguridad vial y sabemos que muy pronto tendremos una normativa ampliada a nivel nacional para los conductores de monopatín».

Qué rige en San Juan

«Se ha advertido un aumento (en la circulación en monopatines eléctricos) pero no está regulado con una norma específica. No están contemplados. Tendrían que estar registrados pero no sucede y por eso no tenemos una forma de controlar, más allá que usen protector y casco, pero no tenemos como controlar. No hay un registro de ese tipo de rodado», expresó en marzo pasado, desde la División Tránsito de la Policía de San Juan, el subcomisario Leonardo Elgueta, a Diario La Provincia SJ.

Los conductores de monopatines eléctricos están alcanzados en San Juan por el artículo 172 del Código de Faltas provincial, «Entorpecimiento de servicios esenciales».

«Sobre el tema vial interviene tránsito nacional. Si o si se puede labrar acta de infracción. Por más que ande en monopatin debe respetar todas las medidas de tránsito. Si no cumplen se puede labrar actas de infracción y radiar el monopatin», advirtió Elgueta.

Estas movilidades son consideradas inapropiadas para circular en las calles porque alcanzan una importante velocidad y si llegan a impactar con algún vehículo, el cuerpo es directamente el afectado. Por eso en San Juan se aplica el Código de Faltas para quienes ocupan la calle con un medio como éste y la multa podría superar los 3 mil pesos. Además de las multas económicas, pueden cumplir con trabajos comunitarios o cumplir arresto por 15 días.