Las tres personas que estaban presas por el ataque al Congreso Nacional el día en que se trataba el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional en la Cámara de Diputados consiguieron la excarcelación en las últimas Comodoro Py, luego de pasar más de un mes arrestadas por orden de los tribunales de la Ciudad. Mientras tanto, la Cámara Federal porteña decidió confirmar los procesamientos de otros seis sospechosos pero le bajó la calificación al delito que se les imputaba: ya no se tramitará como una intimidación pública sino sólo por la figura de daño agravado por ser bienes del Estado, indicaron a Infobae fuentes judiciales.
Así surge la resolución que firmaron este martes los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, a raíz de la apelación que hizo la defensa de tres de los seis implicados en la causa que tramita la jueza María Eugenia Capuchetti. Por una cuestión técnica, la Sala II de la Cámara Federal también convalidó al Senado de la Nación, en manos de Cristina Kirchner, como querellante en el caso. Además, el fallo confirmó los embargos de 6.2 millones de pesos para cada uno de los seis procesados.
Mientras en el segundo piso de Comodoro Py se revisaban los procesamientos, en el tercero la jueza Capuchetti analizaba las excarcelaciones que solicitaron –tal como adelantó el lunes Infobae- los tres acusados que estuvieron más en mes presos por orden de la justicia de la Ciudad: Oscar Ramón Santillán, Jaru Alexander Rodríguez Carrero, y Julián Claudio Lazarte. En la justicia porteña los acusaron de haber formado una asociación ilícita y sostienen que no pueden quedar en libertad durante el proceso porque no tienen arraigo, intentarán fugarse o tratarán de entorpecer la investigación. Pero en la justicia federal la figura de asociación ilícita quedó descartada.
Los abogados Ernesto Alderete y María del Cármen Verdú, defensores de José Castillo, Gonzalo Fonteina y Jonatan Pacheco, habían apelado los procesamientos y los embargos por intimidación pública y daño agravado. No solo porque a su entender que no había suficientes elementos sino porque, dijeron, se estaba usando el delito de intimidación publica para criminalizar la protesta social. En la causa también están procesados Jonatan Emanuel García, Leonardo Marcelo Cáceres, y Julio Valdés.

“Este caso tiene por objeto determinados incidentes que se ocasionaron el 10 de marzo de 2022 en las inmediaciones del Congreso de la Nación, donde se encontraba sesionando la Cámara de Diputados por el acuerdo celebrado entre el Poder Ejecutivo y el Fondo Monetario Internacional”, dijo la Cámara Federal. “Las evidencias muestran que aproximadamente a las 15:00 hs. un grupo de personas, algunas con sus rostros cubiertos, se desprendió de otras que estaban manifestándose y empezó a arrojar -a mano o con ‘gomeras’- piedras, cascotes y bombas de pintura al Parlamento y al personal policial. También se usaron martillos o mazas para romper la vereda y aerosoles para afectar la fachada. Están acreditados (y valuados por alrededor de seis millones de pesos) los daños concretados sobre diferentes bienes del edificio, como cristales de las ventanas y paredes, entre otros”.
A criterio de Irurzun y Farah, “todo lo anterior está fuera de debate” y también que “Castillo, Fonteina y Pachecho formaron parte de ese núcleo de individuos” y que “los tres fueron identificados arrojando cosas al Congreso”. El tribunal hizo hincapié en que “la forma en que el grupo irrumpió y actuó con determinado grado de coordinación; el tiempo en que llevó a cabo las agresiones; y los diferentes materiales que portaban y utilizaron” demostró un modo “mancomunado de operar, que procuró y logró el resultado de dañar”.

Pero la Cámara Federal rechazó la figura de intimidación que castiga a “quien realiza actos materiales tendientes a provocar los efectos descriptos -temor, tumulto, desorden”, basándose en su propia jurisprudencia que también apuntó la defensa. Si bien solo apelaron tres de los seis implicados, se descuenta que la jueza Capuchetti modificará también el procesamiento de los otros tres investigados en esta investigación.
Precisamente, la jueza suma ahora tres nuevos involucrados: Santillán, Rodríguez Carrero y Lazarte que llegaron procesados por la justicia de la ciudad por asociación ilícita y distintas figuras penales. Este tipo de imputaciones quedaron ahora descartadas con su llegada a Comodoro Py, una vez que el expediente del fuero porteño se unificó a la causa federal. Según el fallo al que accedió Infobae, la jueza subrayó que no se configura la asociación ilícita porque si bien hubo “pluralidad de intervinientes en el hecho pero no se presentan las otras notas típicas de aquel delito” como la permanencia en el tiempo o el objeto cometer delitos indeterminados. En cada uno de los casos, Capuchetti valoró, por las nuevas normas para evaluar las prisiones preventivas, que no hay elementos para sostener que los implicados pueden fugarse o entorpecer la investigación. En los próximos días, siguiendo los lineamientos fijados por la Cámara Federal, avanzará en más definiciones.
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