Hay molestia en el Gobierno provincial por el decreto del intendente vallisto Ortiz

1156

Un decreto polémico del intendente vallisto Omar Ortiz causó ayer molestia en el Gobierno provincial porque dicen que se excedió con la medida. Con el instrumento, el jefe comunal exige al personal de planta permanente, política y contratados, como así también a beneficiarios de programas de empleo, que se deben vacunar contra el covid-19 como «requisito excluyente». Fuera de micrófono, varios funcionarios criticaron la disposición porque el Gobierno nacional no ha sacado ninguna resolución disponiendo la obligatoriedad de inmunizarse contra la enfermedad y la medida del jefe comunal excedería sus atribuciones.

El decreto de Ortiz está destinado a los agentes de planta permanente, política y transitoria, personal contratado y becados. Pero, además, están incluidos los beneficiarios de programas nacionales y provinciales tales como «Argentina hace 1 y 2» (construcción de veredas y alumbrado público), beneficiarios de programas de la Oficina de Empleo y de la Dirección de Producción, y para mayores de 18 años que quieran pedir el carnet fitosanitario y permiso de pesca.

El problema, según explicaron fuentes oficiales, es que el decreto ataca derechos establecidos en la Constitución Nacional como el de libre determinación, en este caso la posibilidad de vacunarse o no. En otras palabras el jefe comunal puede prohibir a sus empleados que vayan a trabajar si no están vacunados, pero no puede obligarlos. Y a aquellos que no lo quieran hacer no los puede sancionar ni aplicar ningún descuento en sus sueldos si no concurren a cumplir sus tareas. Incluso puede disponer que algunas actividades se puedan hacer en forma remota. Lo mismo con los beneficiarios de planes de empleo o quienes quieran tramitar un permiso. El municipio debe disponer canales para que esos trámites se puedan hacer en forma virtual.

En los fundamentos del decreto, el municipio comunicó que «responde a la necesidad de promover la vacunación contra el covid-19» y agrega que «se deben tomar medidas necesarias para evitar el colapso del sistema de salud del departamento». Luego de aclarar que «la Municipalidad de Valle Fértil tiene la facultad de poder implementar estas medidas y así poder lograr la inmunidad colectiva» agrega que «vacunarse no es obligatorio para la población en general, pero el objetivo del municipio es promover la vacunación para proteger a personas de todas las edades».

Según fuentes del municipio, el 70% de la planta de empleados de la comuna ya está vacunada, pero en el caso de los beneficiarios de los programas de empleo, en su mayoría jóvenes, el porcentaje de inoculados es inferior al 60%. Y en particular a ese sector apuntan.

La decisión de Ortiz no encontró eco en otros jefes comunales. En el caso del chimbero Fabián Gramajo dijo que en su municipio la decisión de vacunarse fue voluntaria y que alrededor del 95% de los empleados ya tiene al menos la primera dosis contra el covid-19. Y en San Martín, Cristian Andino descartó sacar un decreto para establecer la obligatoriedad.

Desde el Sindicato de Empleados Municipales, el secretario general, Antonino D»Amico, consideró a la medida como «atinada» y dijo que se trata de una decisión «para resguardar los intereses de la población, en particular de los contribuyentes que concurren a hacer trámites».

  • Los planes oficiales

El Ministerio de Salud Pública dio a conocer que las personas que deseen recibir la vacuna deben pedir turno a través de sisanjuan.gob.ar/vacunacionsanjuan. Y las que necesiten reprogramar su turno, pueden hacerlo accediendo al link «reprogramación de turnos».

LOS GRUPOS SON: 

DEMANDA ESPONTÁNEA

  • Colocación de la 1º dosis:
  • Docentes y personal no docente y mayores de 60 años.
  • Colocación de la 2º dosis:
  • Mayores de 60 años, sólo de vacunas de Sinopharm y Astrazeneca (Covishield)

CON TURNO

  • Colocación de la 1º dosis:
  • Personal de salud.
  • Personas de 18 a 59 años con y sin comorbilidades.
  • Embarazadas o en periodo de lactancia con indicación médica.
  • Colocación de la 2º dosis:
  • Personal de salud.
  • Mayores de 60 años en el caso de Sputnik V.
  • Docentes y no docentes.
  • Personas de 18 a 59 con y sin comorbilidades.
  • Embarazadas con indicación médica.


Alcance

En el Gobierno provincial está en evaluación ampliar las posibilidades de circulación y de acceso a algunos servicios para las personas que al menos tienen una dosis de la vacuna para el covid-19. Todavía no hay fecha.

(Fuente: Diario de Cuyo)