Luego de la polémica con su pareja, afirman que la sanjuanina pudo practicarse el aborto

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Tras el reclamo de un hombre que se oponía a que su pareja accediera a una interrupción voluntaria del embarazo ya que “quería ejercer su derecho a ser padre y que se respete la vida de su hijo” –palabras de su abogada Mónica Lobos-.

Según trascendió, la pareja se distanció y al tiempo se enteraron de que la mujer estaba embarazada. Ella pidió a la Obra Social Provincia la autorización para hacerse un aborto en una clínica privada, pero él se negaba a que la práctica se llevara a cabo.

Además, en medio había otro conflicto. El hombre era el titular de la obra social y tenía a su expareja como adherente por lo que él se oponía a que la práctica se hiciera bajo esa obra social. Por esta razón, inició un expediente allí, pero como la práctica ya estaba autorizada por un médico, se hizo igual.

Lo que no trascendió es cómo se llevó adelante la práctica. Puede haber sido de dos maneras: en un hospital o centro del salud del ámbito público o la interesada puede haberla abonado y realizado en una clínica privada.

Una de las abogadas pertenecientes a Abofem, una asociación civil de abogadas feministas, Elina Jofré, opinó sobre el tema y aseguró que “la ley ampara a un interés jurídico que es la práctica en el cuerpo de la mujer, el hombre no tiene potestad para decidir sobre el cuerpo de ella, no es una situación que le atañe”.

Otra de las integrantes de Abofem, Lucía Altamirano, coincidió con su colega e informó: “El padre no tiene ningún derecho a oponerse, la ley es clara, la decisión es de la mujer”, dijo.

Al conocerse que los abogados del hombre, Mónica Lobos y Martín Zuleta, presentaron el miércoles una medida cautelar en el Juzgado de Familia para que no se haga la IVE, Altamirano consideró que “cualquier medida o acción judicial que se pueda realizar no prosperaría porque no tiene sustento en la ley”.

Incluso, esta semana el grupo de abogados sanjuaninos que recibe el nombre de Asociación de Abogados por la Vida presentó un recurso ante la Justicia Federal para solicitar que la norma no se aplique, pero el pedido no prosperó. En su fallo el tribunal federal consideró que ningún juez del país puede dejar sin efecto una ley que ya fue sancionada de acuerdo a lo que marca la ley en Argentina. Entre los motivos que esgrimió el tribunal, asegura que no les parece «prudente que un magistrado del Poder Judicial de la Nación suspenda la validez y aplicación, en todo el país, de una Ley vigente» además agrega que ningún juez tiene el poder de hacer caer la vigencia de una norma.

La Ley Nº 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo entró en vigencia el 24 de enero del 2021. Si bien rige en todo el territorio nacional, en San Juan aseguran que aún hay problemas relacionados con su aplicación.

Para poder acceder a la interrupción, se debe llamar al 0800 222 3444 de Nación. En esta línea, asisten a la solicitante y le informan el centro de salud más cercano en el que podrán atenderla. Luego, un médico de ese lugar se comunica con ella y pactan una consulta médica.

Fuente: Diario Huarpe